Primero lo primero: todos los trabajadores tienen derecho a cotizar semanas en una empresa, llamada: Administradora de Fondos de Ahorro para el Retiro (Afore). La mayor parte de los trabajadores en México, indica la CONSAR en una encuesta, están registrados en una Afore y llevan montones de semanas cotizadas, dependiendo de la edad y del tipo de afiliación que tenía él/los patrón(es) para los cuales trabajaban.
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Los Fondos de Ahorro que componen las Afores, se manejan en cinco grandes grupos de edad, que se llaman Siefores. El dinero que contienen se invierte para multiplicarlo y, para cuando el trabajador cumpla la edad que marca la ley, pueda retirar una gran cantidad de dinero para disfrutar de sus “años dorados”.
Antes de seguir leyendo este artículo, es necesario que verifiques si estás registrado en alguna Afore. Te recomendamos también tener a la mano tu CURP o tu Número de Seguridad Social, si alguna vez te diste de alta en el Instituto Mexicano del Seguro Social.
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Aunque no hayas cumplido los 65 años y no tengas más de 5 años cotizando en el Instituto Mexicano del Seguro Social, se puede retirar parte de los fondos que se tengan acumulados. (por favor, que sea tu última opción)
Ya que una vez que se hace un retiro de tu Afore pierdes las semanas que has cotizado en el Fondo de Ahorro. Aparte que las cantidades que puedes retirar son relativamente pequeñas, porque el cargo se hace con base en el sueldo en el que estás cotizando. Por ejemplo, si en tu Afore estás cotizando con 100 pesos el día y sólo puedes retirar el equivalente de 90 días de cotización, ¿sabes cuánto te toca? Nueve mil pesos, solamente.
La ley establece los siguientes casos en los que puedes disponer del dinero acumulado en tu Afore.
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- En caso de desempleo. Después de pasar 46 días naturales desempleado legalmente, es decir, que el trabajador haya dejado de cotizar en las filas del Seguro Social. Le den una carta que lo acredite y meta el trámite correspondiente ante su Afore de confianza. Para esto existen dos modalidades.
- En la A, el monto equivale a 30 días de tu último salario base y como tope máximo 10 veces el salario mínimo mensual.
- Pero en la B, el retiro puede ser de 90 días de salario base de las últimas 250 semanas, o bien 11.5% de los recursos acumulados en la subcuenta de retiro. En este caso tu cuenta individual debe tener 5 años o más de haberse aperturado.
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- En caso de una «emergencia» matrimonial. Típico que tomaste la decisión de lanzarte al agua y que después de agotar todos tus ahorros, se puede utilizar parte de tu dinero del Afore para enfrentar gastos imprevistos sin necesidad de que te quiten semanas de cotización. Ojo, sólo te puedes llevar 30 días de salario mínimo.
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- En caso de defunción temprana. Con esta opción, los beneficiarios pueden retirar el ahorro para el retiro por medio de dos formas: si hay una pensión emitida por un instituto de seguridad social, con ello se puede acreditar ante la Afore como beneficiario y retirar de manera inmediata los recursos.En el caso de no ser dependientes económicos de la persona fallecida, hay otro mecanismo para acreditar que son beneficiarios, por lo que te pido acercarte a la Afore correspondiente para conocer el procedimiento.
Aunque hay casos especiales en los que puedes retirar dinero de tu Afore.
Por ejemplo; lo ocurrido hace algunos años durante el sismo del 19 de septiembre de 2017, el presidente de la Asociación Mexicana de Administradoras de Fondos de Ahorros para el Retiro, Carlos Noriega, anunció que habría una concesión especial de las Afores para los afectados por el desastre, más allá de las ayudas concedidas por el Gobierno Federal. Pero esta concesión es sólo para los que ya hayan cumplido los 65 años y aún no han retirado sus ahorros de su Afore de confianza.