Ya vamos a llegar a diciembre, época favorita por muchos por las cenas y reuniones navideñas, los regalos, las vacaciones y el tan deseado aguinaldo.
El aguinaldo es una prestación anual a la cual tienen derecho los trabajadores de una empresa. Éste consiste en, por lo menos, 15 días de salario y se debe dar antes del 20 de diciembre de cada año.
Cabe destacar que los 15 días de gratificación se entregan cuando el trabajador ha cumplido el año en el trabajo, no obstante “los trabajadores que no hayan cumplido el año de servicios, independientemente de que se encuentren laborando o no en la fecha de liquidación del aguinaldo, tendrán derecho a que se les pague la parte proporcional del mismo, conforme al tiempo que hubieren trabajado”, destaca la Secretaría de Trabajo y Previsión Social.
El cálculo del aguinaldo es simple y aquí te ayudaremos a descifrar qué monto tienes derecho a recibir.
Fuente imagen: Garrido Licona
Para sacar cuánto te corresponde de aguinaldo primero tendrás que conocer cuál es tu paga diaria. Para esto necesitas dividir tu salario neto mensual entre 30 días. Ahí te va un ejemplo:
Si un trabajador gana mensualmente 10,000 pesos, estos deben dividirse entre 30 días, lo que da como resultado 333.33 pesos, los cuales vas a tener que multiplicar por los 15 días de aguinaldo que le corresponden, lo que dará como resultado un monto de 5,000 pesos de gratificación.
Fuente imagen: elmundo.es
Al igual que en el ejemplo pasado, el trabajador tendrá que calcular su salario diario y, después, multiplicar por 15. Usando el caso anterior, se obtiene 5,000 pesos, sin embargo se tendrán que dividir entre los 365 días que tiene el año para, finalmente, multiplicarlo por los días que el trabajador laboró.
Es decir, los 5,000 se dividen entre 365, lo que da un total de 13.69 pesos. Supongamos que el trabajador laboró durante 200 días, entonces se multiplican por los 13.69 y da como resultado un aguinaldo de 2,738 pesos.
Fuente imagen: Profedet
El aguinaldo es una prestación que está estipulada en el artículo 87 de la Ley Federal de Trabajo, así que si tu empresa o tu patrón no te lo entregan antes del 20 de diciembre, o lo hace de manera incompleta, tienes derecho a presentar una queja ante la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet).
Cabe destacar que a partir del 21 de diciembre cuentas hasta con un año para presentar el reclamo ante la Profedet; ésta interpondrá la demanda ante la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje o, dependiendo el caso, a la Procuraduría de la Defensa del Trabajo local para que ésta sea la encargada de presentarla ante la Junta Local de Conciliación y Arbitraje.
Asimismo, podrás denunciar otras irregularidades, por ejemplo, en caso de que el patrón te pida una prórroga para entregarlo o quiera hacerlo con pago en especie, pagarés o vales de despensa.
De acuerdo con la ley, en caso de que el patrón o la empresa no pague a sus trabajadores en tiempo y forma el aguinaldo, éste se puede hacer acreedor a una multa que va desde los 50 hasta los 5,000 días de salario mínimo.
Los trabajadores que requieran asesoría con relación a la fecha o monto del aguinaldo, pueden acudir a la Profedet, que pone a disposición del público sus servicios de orientación gratuita a través de los teléfonos 01 800 71 72 942 y 01 800 91 17 877, el correo electrónico orientacionprofedet@stps.gob.mx o bien de manera personal en cualquiera de sus en el territorio nacional.