Hoy existe un boom de Afores (Administradoras de Fondos para el Retiro), cada uno de los trabajadores, como tú, son sus inversionistas, y hoy ante tanta oferta, compiten entre ellas para ofrecerte mejores intereses, dinero parcial, Tarjetas de Crédito, traspasos con más beneficios, etc.
Seguro que como trabajador, tú ya elegiste una o te asignaron, y esperas retirar cuando llegue el caso, cuando te pensiones. ¿Pero sabías que antes de que llegue esa fecha, puedes hacer retiros parciales? Ya sea por desempleo, matrimonio, modalidad 40 o para renovar tu hogar. Según la Consar (Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro), puedes hacerlo, y exigirlo si es el caso (son tus recursos que se encuentran en tu cuenta individual).
Sí, hay momentos en que llegan las vacas flacas, y ni modo, puedes acudir a la sucursal donde tienes tu Afore, tienes todo el derecho de tramitar un retiro, por desempleo, por ejemplo, el cual si tienes todo en regla, se te dará en breve y sin tanta complicación. Un monto de acuerdo a lo que cotices en el IMSS.
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Hasta el momento, ¿sabes cuánto has cotizado, cuando te corresponde?
¿Te llegan Estados de Cuenta en donde te informen sobre tu dinero, aportaciones, intereses, etcétera? Y si te llega, ¿sabes cómo leerlo? Esto último es muy importante pues hay letras chiquitas que los usuarios no entendemos, y creemos que es cuando no es.
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Algunas Afores, incluso, te brindan una Tarjeta de Crédito (Aun si estás en Buró de Crédito), con un monto considerable.
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En la mayoría solo un 10% de tu Salario Base de Cotización (equivalente a 30 días y máximo 90 de eso que ganas).
Para gastos de matrimonio puedes disponer de hasta 30 días de Salario Mínimo (de acuerdo a lo que ganes); sólo una vez.
Cotiza el mejor “préstamo” de acuerdo a tu Afore, tu trabajo y, sobre todo, de acuerdo a tus necesidades reales. Lo ideal es que no haya tales retiros, para que tu pensión sea lo más sustanciosa cuando llegue el momento. Si te urge, ve a un banco o con un prestamista, revisa opciones y que tu Afore sea como el último recurso. Hazlo, pero hazlo bien, lee las letras chiquitas e infórmate bien.
Según el Seguro Social y la Condusef, en caso de muerte repentina, tu Afore tiene toda la obligación de dar en pensión, a tus seres queridos, lo que hayas acumulado en tu cuenta de ahorro.